Mediante el Decreto 14/20243, publicado en el Boletín Oficial el 4 de enero de 2024, el Poder Ejecutivo Nacional estableció la exclusión del impuesto PAÍS para determinadas operaciones de importación.
A partir del 4 de enero, las destinaciones suspensivas de importación temporaria y la introducción de mercadería en áreas de zonas francas que cuenten con un Certificado de Tipificación de Zonas Francas quedan fuera del alcance del impuesto.