BEPS – PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Argentina es miembro del Marco Inclusivo sobre BEPS, por lo que debe colaborar con la implementación del Paquete BEPS de la OCDE/G20.
El 21 de junio de 2018, la OCDE emitió dos reportes que contenían indicaciones para las autoridades fiscales de cada país respecto del enfoque que debían utilizar para los bienes intangibles de difícil valuación (Acción 8) y para la aplicación de los métodos de precios de transferencia (Acción 10).
IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO
Mediante la ley 27430, sancionada el 29 de diciembre de 2017, se realizó una reforma tributaria global en Argentina (en adelante, la “Reforma Tributaria”). Entre otros cambios, esta ley modificó el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, creando un nuevo impuesto al Dióxido de Carbono y reemplazando la forma de calcular la base imponible por un impuesto fijo actualizado de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor.
El Decreto 501/2018 reglamentó el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Dióxido de Carbono:
Respecto del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, productores y proveedores de servicios de la industria minera y pesquera pueden requerir un crédito fiscal del Impuesto a las Ganancias de hasta el 45% de los importes abonados por este impuesto en compras de gas oil.
El Decreto 501/2018 fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación el 1/6/2018 y entró en vigencia al día siguiente.
IMPUESTOS INTERNOS A LOS CIGARRILLOS
Los impuestos internos son un impuesto federal que se aplica a la venta de ciertos productos suntuosos como los cigarrillos y algunas bebidas.
La Reforma establece un impuesto especial mínimo aplicable a los cigarrillos, establecido en base a un monto fijo, que debe actualizarse cada tres meses de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor. El Decreto 506/2018 estableció que la actualización debe realizarse en enero, abril, julio y octubre de cada año. El monto actualizado será aplicable a partir del primer día del segundo mes posterior a dicha actualización.
El Decreto 506/2018 se publicó en el Boletín Oficial el 5/6/2018 y entró en vigor el 6/6/2018.
RÉGIMEN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL DE TIERRA DEL FUEGO
La Ley 19.640 estableció un Régimen de Promoción para la provincia de Tierra del Fuego, según el cual los contribuyentes que fabrican productos en Tierra del Fuego podrían gozar de exenciones de impuestos federales como el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a Las Ganancias.
La Resolución 47/2018 permitió a los fabricantes locales incluir suministros originados fuera del Área Aduanera Especial, siempre que los suministros locales sean esenciales para el producto final. Se debe tener en cuenta que el valor agregado generado por la fabricación local de tales productos debe ser más del 50% del valor del producto. Como consecuencia, la Resolución 47/2018 aumenta la cantidad de productores locales que podrán beneficiarse del Régimen de Promoción.
La Resolución 47/2018, publicada en el Boletín Oficial el 6/6/2018, entró en vigor el 7/6/2018.
SALTA RÉGIMEN PROMOCIONAL
Con el objetivo de promover la generación de empleo, la provincia de Salta promulgó la Ley 8086, que establece un Régimen de Promoción para las inversiones privadas en su territorio, beneficios para las pequeñas y medianas empresas (en adelante, “PYMES”) y promueve la compra local de bienes y servicios.
La Ley 8086 entró en vigor el 27/6/2018.